La mayoría de ayuntamientos han aprobado ordenanzas ilegales que los tribunales ya están anulando. Gestionamos tu reclamación sin adelantos: solo cobramos si ganamos.
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La mayoría de ordenanzas municipales incumplen la Ley 7/2022 y la Directiva Europea 2018/851. Estos son los vicios más habituales:
La ley exige que pagues según la basura que generas. Pero la mayoría de ayuntamientos reparten más del 80% del coste según el valor catastral, un criterio completamente ajeno a los residuos.
Ley 7/2022 · Directiva 2018/851El ayuntamiento debe acreditar con una memoria detallada el coste del servicio y cómo lo reparte. Muchas ordenanzas carecen de esa justificación o presentan memorias deficientes.
Art. 25 TRLHL · STS mayo 2024Una tasa se paga a cambio de un servicio concreto. Si el ayuntamiento la calcula sin relación con la recogida de basuras, funciona como un impuesto encubierto, algo que la ley prohíbe.
Art. 20.6 TRLHL · STS dic. 2024Jurisprudencia abrumadoramente favorable al contribuyente.
La ordenanza debe determinar previamente el volumen de residuos generados por cada actividad. Anulada la tasa de residuos.
Ordenanza anuladaAnula la tasa de 2024 por tarifas fijas sin considerar el nivel de generación de residuos. Devolución de todo lo recaudado.
Devolución masivaLa memoria económica no acredita los parámetros de cálculo. Nulidad de liquidaciones por falta de proporcionalidad.
Liquidaciones anuladasNos encargamos de toda la gestión legal por ti.
Analizamos tu liquidación y la ordenanza de tu municipio.
⚡ 24-48 hPreparamos y presentamos el recurso de reposición.
📄 1-3 mesesSi el ayuntamiento no cede, demanda sin coste para ti.
⚖️ 8-18 mesesRecibes la devolución íntegra más intereses de demora.
💰 Devolución + interesesSi la ordenanza es nula, todas las liquidaciones basadas en ella también lo son. No importa si ya las has pagado.
La tasa se emite cada año. Déjanos tu email y nos encargamos de todo: monitorizamos tu ayuntamiento, preparamos tu recurso y lo presentamos en cuanto se abra el plazo. Tú no tienes que hacer nada más.
Te avisaremos cuando sea el momento de reclamar
Sin spam · Solo te contactaremos cuando sea relevante
Te avisaremos con antelación para que puedas reclamar la tasa de basuras del próximo ejercicio. Mientras tanto, estaremos pendientes de la jurisprudencia de tu municipio.
Sin adelantos, sin letra pequeña. Asumimos todo el riesgo.
de la cantidad recuperada
Si el ayuntamiento no coopera y debemos acudir a la vía judicial, se aplica un suplemento del 15% + IVA para cubrir costas. Si no conseguimos la devolución, no pagas nada.
🔒 Garantía a éxito · Sin compromiso
Sí. Pagar no significa aceptar. Puedes reclamar la devolución de lo pagado indebidamente, con intereses de demora incluidos.
Si perdemos, no te cobramos nada. Asumimos íntegramente el riesgo económico del caso, incluidas las costas procesales.
No. Reclamar la liquidación no afecta al servicio. El ayuntamiento está obligado a recoger los residuos independientemente.
Da igual: si llegas a tiempo, reclamamos ya. Si no, activamos una alerta gratuita y reclamamos la del próximo ejercicio. En ambos casos, tú no adelantas nada.
Es un tributo municipal que cubre el coste de recogida, transporte y tratamiento de los residuos urbanos. La Ley 7/2022 obligó a todos los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes a tener una tasa que refleje el coste real del servicio e implante el principio de "quien contamina, paga".
Si acabas de recibir la liquidación, podemos presentar el recurso de inmediato. Si ya pasó el plazo de este año, no hay problema: activamos una alerta gratuita, monitorizamos tu ayuntamiento y reclamamos automáticamente la del próximo ejercicio. En ambos casos, solo cobramos si ganamos.
La notificación o recibo de la tasa, tu DNI y la referencia catastral del inmueble (aparece en el recibo del IBI). Con eso es suficiente para analizar tu caso.
Depende de si el ayuntamiento cede en vía administrativa (1 a 3 meses) o si hay que acudir a la vía judicial (8 a 18 meses). Con la jurisprudencia actual, muchos ayuntamientos están resolviendo favorablemente sin juicio.
Sí, si la tasa la has pagado tú (directa o indirectamente), estás legitimado para reclamar. Analizamos tu caso concreto.
Tras la desestimación del recurso de reposición pasaríamos directamente a la vía judicial ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Nos encargamos de todo.
Estés a tiempo o no, hay un camino para reclamar. Compruébalo en 30 segundos.
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